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Uso del PDT va llegando a su fin

Uso del PDT va llegando a su fin





Una nueva herramienta tecnológica para facilitar aún más el pago de obligaciones, a favor de los contribuyentes, alista la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Se trata del servicio Mis declaraciones y pagos, cuya creación plantea el ente recaudador mediante un proyecto de resolución de superintendencia.

Dicho servicio, que formaría parte de Sunat Operaciones en Línea, permitiría a estos deudores acceder a formularios virtuales, presentar declaraciones mediante estos formatos, pagar tributos y realizar consultas sobre las declaraciones presentadas y pagos efectuados.

Así, mediante este sistema el deudor tributario accedería a los formularios Declara fácil para elaborar las declaraciones determinativas que correspondan.

La elaboración de estos documentos en una computadora personal podría realizarse con conexión a internet o sin ella.

Para cancelar el importe señalado en la declaración determinativa mediante el servicio Mis declaraciones y pagos, el deudor fiscal podría optar entre dos modalidades: pago mediante débito en cuenta, y pago por medio de tarjeta de crédito o débito.

La constancia de presentación sería el único comprobante de la operación efectuada por el contribuyente que se generaría como confirmación de haber realizado la declaración, la cual podría ser impresa, guardada y/o enviada al correo electrónico que señale el deudor tributario.

Cuando los pagos se realicen mediante débito en cuenta o tarjeta de crédito o débito, de no mediar causal de rechazo, se generaría la respectiva constancia del pago realizado.

Habría, además, la posibilidad de presentar declaraciones determinativas sustitutorias o rectificatorias respecto de los conceptos contenidos en declaraciones determinativas originales.

Formularios

Para declarar y pagar las retenciones y percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV), se utilizarían formularios declara fácil Agentes de retención y Agentes de percepción.

Mediante el formulario Declara Fácil 626 – Agentes de retención se declararía y pagaría el importe de la retención del IGV regulada en la RS N° 037-2002/SUNAT y normas modificatorias. Mientras que, con el Formulario Declara Fácil Nº 633 – Agente de percepción adquisición de combustible, se declararía y pagaría el importe de la percepción del IGV aplicable a la adquisición de combustible.

De aprobarse dicha plataforma y los respectivos formatos digitales, el proyecto de resolución de la Sunat señala que progresivamente se irá eliminando el uso del PDT, así como de otros formularios virtuales o físicos para presentar las referidas declaraciones.


Renta mensual

La nueva plataforma informática permitiría a los contribuyentes utilizar el formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual para elaborar y presentar la declaración mensual de este tributo y efectuar el pago, del impuesto general a las ventas (IGV) e impuesto de promoción municipal. DE igual manera serviría para realizar pagos a cuenta del impuesto a la renta (IR) de tercera categoría que correspondan al régimen general. También podría utilizarse para pagos a cuenta del IR de tercera categoría que correspondan al Régimen MYPE Tributario, para el Régimen Especial del IR y el impuesto a la venta del arroz pilado (IVAP), detalla el proyecto de resolución de la Sunat.

Reporte local

La Sunat además publicó el proyecto de resolución de superintendencia que aprueba las normas para la presentación de la declaración jurada informativa reporte local.

Esto en cumplimiento del D. Leg. N° 1312, el cual indica la obligación de presentar anualmente la declaración jurada informativa reporte local respecto de las transacciones que generen rentas gravadas y/o costos o gastos deducibles para la determinación del IR.

Así como en aquellos contribuyentes sujetos a las normas de precios de transferencia, cuyos ingresos devengados en el ejercicio gravable superen las 2,300 UIT.

Se plantea el medio, forma y condiciones para la presentación de la citada declaración que se realizará exclusivamente mediante Sunat virtual. También las causales de rechazo, constancia de entrega, entre otros.


Fuente: Diario El Peruano

Fecha : 26/12/2017

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