DECRETO LEGISLATIVO Nº 1388 El Decreto Legislativo 1388, tiene como objetivo fomentar la utilización de los medios de pago de las empresas del sistema financiero en las operaciones de comercio exterior con el fin de combatir los delitos de lavado de activos y la subvaluación de mercancías. Se modifica el artículo 3 de la Ley, y se establece que las obligaciones cuyo importe sea superior a 7,000 soles o 2,000 dólares, se deben hacer utilizando los medios a que se refiere el artículo 5, aun cuando se cancelen en abonos parciales menores a esos montos. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: Que, mediante Ley N° 30823, “Ley que delega en el Poder Ejecutivo la Facultad de legislar en materia de gestión económica y competitividad, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad y de modernización de la gestión del Estado”, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad...