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¿Cómo retener el impuesto a la renta? Explicado en 5 pasos

¿Cómo retener el impuesto a la renta? Explicado en 5 pasos



Desde el 2018, los empleadores ya no entregarán certificados de retenciones a sus trabajadores.
Para el ejercicio gravable del 2017, los empleadores deben cumplir diversas reglas para la retención del Impuesto a la Renta (IR) de sus trabajadores (quinta categoría), considerando solo la deducción fija de 7 UIT (S/ 28,350), informó el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima.

“La regularización de las retenciones del IR de los trabajadores del año 2017 (considerando como gasto hasta 3 UIT adicionales, según el Decreto Legislativo 1258) se efectuará en enero – febrero del año 2018, previa Declaración Jurada que debe presentar el trabajador, sustentando los gastos adicionales”, manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro legal-CCL.


Los pasos. El procedimiento para la retención es el siguiente:


1.- La remuneración ordinaria mensual se multiplica por los meses que falten para concluir el ejercicio. Al monto resultante se agregan las gratificaciones de julio y diciembre.
2.- La participación de utilidades, gratificaciones o bonificaciones extraordinarias se agregan en el mes de pago y el impuesto ya no se prorratea en los meses siguientes.
3.- A la renta bruta anterior, se descuenta el importe de 7 UIT que continúan inafectas al impuesto. Para el ejercicio 2017 considera como tramo inafecto S/28,350 (7 x S/ 4,050).
4.- El gasto por donaciones que hubiese efectuado el trabajador solo se deduce en el mes de diciembre.
5.- A la renta neta obtenida (renta bruta menos 7 UIT), se aplicará la escala en soles para el año 2017 que se adjunta.

Retenciones

De haber sufrido retenciones en exceso durante el 2017 se procederá a regularizar el impuesto retenido y el exceso será devuelto por el empleador con cargo a otras retenciones de los demás trabajadores.
El impuesto anual obtenido, luego de aplicar la escala, se fraccionará de la siguiente manera:

• En los meses de enero a marzo, el impuesto anual se divide entre 12.
• En abril, al impuesto anual, se descuentan las retenciones efectuadas de enero a marzo y el resultado se divide entre nueve.
• En los meses de mayo a julio, al impuesto anual se descuentan las retenciones efectuadas en los meses de enero a abril y el resultado se divide entre ocho.
• En agosto, al impuesto anual se descuentan las retenciones efectuadas de enero a julio y el resultado se divide entre cinco.
• En los meses de setiembre a noviembre, al impuesto anual se descuentan las retenciones efectuadas de enero a agosto y el resultado se divide entre cuatro.
• En el mes de diciembre se efectuará el ajuste final del impuesto. Para tal fin se deducen las retenciones efectuadas entre enero y noviembre del ejercicio.
• El resultado de la división constituye el monto a retener en cada mes.

No están obligados. Desde el próximo año, los empleadores ya no entregarán a sus trabajadores el certificado de retenciones de quinta categoría.

Se mantiene la obligación de entregar los certificados de retenciones del 2016 a los trabajadores cuyo plazo venció el 28 de febrero del 2017.

En enero-febrero del 2018, los trabajadores que opten por deducir como gasto hasta 3 UIT adicionales (intereses por créditos hipotecarios, servicios médicos, etc.) presentarán su declaración jurada anual a la Sunat mostrando los gastos adicionales.

Fuente: RPP Noticias
Fecha: 17/03/2017

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