Gestión conversó con especialistas sobre la falta
de límites al máximo de horas extras pagadas que puede realizar una trabajador
en el Perú.
El laboralista César Puntriano socio del estudio
Muñiz,Ramírez,Pérez-Taiman & Olaya Abogados explicó que a diferencia de lo
que ocurre en otras legislaciones como la chilena o argentina, nuestro marco
legal no establece tope (o límite)a las horas que se puedan laborar de manera
extraordinaria.
Sin embargo, opinó que ello no significa que las
mismas puedan ser ilimitadas pues, creemos, debe tenerse en cuenta lo
siguiente:
Su naturaleza voluntaria
Legalmente las horas extras no pueden impuestas, lo
cual supone que debe existir conformidad tanto de la empresa como del
trabajador para su realización. Usualmente las compañías implementan
mecanismos, electrónicos o físicos para su ejecución. Inclusive, se contempla
en los reglamentos internos de trabajo como una falta laboral al trabajo en
sobretiempo no autorizado.
Este carácter voluntario permitiría que el
empleador y el trabajador acuerden la cantidad de horas extras a laborar por
ejemplo, no debiendo el empleador imponerlas.
Su carácter transitorio
Derivado de su condición extraordinaria. Justamente
se conocen como “horas extras” por tratarse de un lapso que excede a la jornada
ordinaria de trabajo y que por ello, por regla general, debe ser eventual,
contingente, no regular. Esta eventualidad también evitaría la posibilidad de
extenuantes jornadas extraordinarias de labor continua.
Además, la razonabilidad en su número viene de la
mano con dicho carácter excepcional. Si la regla por ejemplo son 8 horas
diarias, la excepción no puede ser también de 8 horas.
El deber del empleador de garantizar la seguridad y
salud en el trabajo del personal
Este deber esencial, que a su vez constituye un
derecho fundamental del trabajador (la seguridad y salud ocupacional)
colisionaria con la idea de un número excesivo de horas extras al día o a la
semana. Acaso no supone la exposición a riesgos ocupacionales que el trabajador
labore durante extenuantes jornadas? Desde luego que si.
La pregunta que surge de manera inmediata es si
conviene establecer un limite maximo a las horas extras o dejar que ello sea
producto de lo que las partes acuerden. A favor del tope existen argumentos
como la disminución de la sobreocupacion de algunos trabajadores y la
generación de mayores puestos de trabajo.
En nuestra opinión, si bien lo ideal es armonizar
la actividad laboral con la vida privada, siendo este uno de los fundamentos
para limitar legalmente al trabajo en sobretiempo, creemos que dicha limitación
no debe ser impuesta por un tercero ajeno a la relación laboral sino por el
trabajador y empleador.
Nuestra realidad sin embargo evidencia situaciones
de abuso por parte de algunas empresas que sacan provecho del estado de
necesidad de los trabajadores, en cuyo caso la solución no pasa por limitar las
horas extras sino fortalecer a la autoridad inspectiva laboral.
Finalmente, advirtamos que existe un sector
mayoritario de trabajadores carentes de derechos laborales y protección social,
que laboran en total informalidad y para quienes recibir un pago por una hora
extra de trabajo resulta un sueño inalcanzable. Es urgente ocuparnos
prioritariamente de estas personas que sigue siendo mayoría en nuestro país.
Por su parte, Brian Avalos, asociado del estudio
Payet, Rey, Cauvi & Pérez coincidió en que la legislación laboral no
precisa un límite para el pago de horas extras, y solo existe una recomendación
de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)que indica que entre jornadas
de trabajo se debe descansar 12 horas.
Con lo cual en el extremo, el empleador podría
tener en cuasi esclavitud a un trabajador pagándole las horas extras incluso
por más de 24 horas. Si el trabajador acepta, cuestionó.
Fuente: Diario Gestión
¿Cuántas horas extras pagadas puede realizar un trabajador?
Reviewed by Abel
on
marzo 07, 2017
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