CONTABILIZACIÓN DE LOS PAGOS DE SERVICIOS
La Factura detalla lo siguiente:
Fecha de transacción el 21 de enero
BASE IMPONIBLE S/. 500.00
IGV S/. 90.00
TOTAL S/. 590.00
DEBE HABER
------------------ Asiento N° 1 -----------------
63 GASTOS DESERVICIOS PRESTADOS POR
TERCEROS 500.00
634 Mantenimiento y reparaciones
6343 Inmuebles, maquinarias y equipo
40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES
Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES
Y DE SALUD POR PAGAR 90.00
401 Gobierno central
4011 Impuesto general a las ventas
40111 I GV - Cuenta propia
42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES
- TERCEROS 590.00
421 Facturas, boletas y otros comprobantes
por pagar
4212 Emitidas
21/01 Por el servicio de Reparación
según factura N° 265-03568
---------------- Asiento N° 2 ---------------
42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES
- TERCEROS 590.00
421 Facturas, boletas y otros comprobantes
por pagar
4212 Emitidas
10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 590.00
101 Efectivo
21/01 Por la cancelación en efectivo
de la factura N° 0002-3675
---------------- Asiento N° 3 ---------------
94 GASTOS ADMINISTRATIVOS 250.00
95 GASTOS DE VENTAS 250.00
79 CARGAS IMPUTABLES
A CTA DE COSTOS 500.00
21/01 Por el destino
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COMENTARIO
Los pagos por servicios que le brindaron a la empresa para poder realizar sus actividades como pueden ser por mantenimiento, reparación, publicidad, teléfono y servicios de correo se anotan
en la cuenta 63 Servicios prestados por terceros
En el presente caso, se le contrata para realizar la reparación del local dónde realiza operaciones la empresa
ANÁLISIS
En el asiento contable 1
Se registra la provisión por pagar de la factura del proveedor que realizó el servicio de mantenimiento, por ser un servicio se registra en la cuenta 63
el Impuesto general a las ventas es el Crédito Fiscal que se va a aplicar contra el Impuesto General a las Ventas de las ventas realizadas
En el asiento contable 2
Se registra el pago de la factura
En el asiento contable 3
Se registra el destino del servicio
INCIDENCIA TRIBUTARIA
Estos gastos sirven para deducir la Utilidad en el ejercicio siempre y cuando tengan justificación con las actividades del negocio
TRIBUTARIO
por el importe que es menos a S/. 700.00 no se tiene la obligación de pagar con Cheque o utilizando cualquier otro por un Medio de Pago
fuente:galeon.com
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