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B. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO


B. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO



Definición:

Un certificado emitido por una entidad de crédito indica que un monto de dinero de terminado efectivamente ha sido depositado por el cliente en ella. Tal documento compromete a la entidad de crédito a devolver el principal más los intereses acumulados al final del período de maduración. El certificado puede ser negociable o no negociable. En el primer caso, se permite la negociación en el mercado secundario, mientras que en el segundo caso, si la única opción que se tiene es devolver el certificado a la entidad que lo emitió sujeto al pago de una penalidad. La relativa ¡liquidez de estos instrumentos genera que los rendimientos de los certificados de depósitos sean mayores a los de plazo fijo o una cuenta de ahorro. Puede ser en moneda nacional o en alguna moneda extranjera, dependiendo de la oferta de la entidad de crédito involucrada.

Características:

S Plazos usualmente hasta un año.

S El monto depende del emisor, usualmente en múltiplos de mil o diez mil.

S La tasa de interés es definida a través de una subasta pública y puede ser expresada en términos nominales o efectivos.

S La liquidación de principal, y si existiera de los intereses, se hace al vencimiento.

S Suele ser emitido a la par; sin embargo, el emisor puede utilizar una estructura de emisión bajo la par con rendimiento únicamente por apreciación.

Factores de riesgo:

S El riesgo de crédito depende de la solvencia y liquidez del emisor.

S Al ser un instrumento negociable, está afecto a riesgo de mercado antes del vencimiento por variaciones en la curva de rendimientos.

S No se puede disponer de los fondos invertidos con el emisor, razón por la cual el riesgo de liquidez depende de la liquidez del instrumento particular en el mercado secundario, que no suele ser muy activo.

B. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO B. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO Reviewed by Fundador on abril 08, 2019 Rating: 5

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