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G. LETRAS


G.        LETRAS



Definición:

Títulos valores que contienen una orden incondicional de una entidad (girador) a otra (girado) para que ella pague una suma determinada de dinero en un periodo específico de tiempo a un tercero (beneficiario). Puede o no incorporar a uno o más avales en respaldo del girado. No se señala explícitamente una tasa de interés, por lo que el importe que se señale en la letra debe incorporar los intereses pactados por las partes. Puede ser en moneda nacional o en alguna una moneda extranjera.

Características:

S En caso de incumplimiento, y si así se ha pactado, se requiere realizar un protesto para obtener mérito ejecutivo en el proceso de cobranza.

S Al ser un título valor, pueden ser endosados a una tercera entidad.

S Fecha de pago determinada (usualmente hasta 360 días) o a la vista.

S No se registra la tasa de interés.

S Estructura de pago al vencimiento.

Factores de riesgo:

/ El riesgo de crédito depende de la solidez financiera de la contraparte que actúa como girador y, de ser el caso, de los que hayan intervenido como avales.

S No está afecto a riesgo de mercado a su vencimiento.

S No se puede disponer de los fondos involucrados con el girador, razón por la cual el riesgo de liquidez depende del riesgo de crédito del girador y su reputación en el mercado secundario de descuentos, el cual suele limitarse a las líneas que brindan las entidades de crédito a los clientes que son proveedores comerciales del girador.


G. LETRAS G. LETRAS Reviewed by Fundador on abril 17, 2019 Rating: 5

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